viernes, 17 de octubre de 2014

¿MI GOZO EN UN POZO?.Comentarios sobre la sentencia que anula el COPAGO.

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Por  Antonio Llácersecretario general ACVEM Asociación de Esclerosis Múltiple de la CV.

¿MI GOZO EN UN POZO?.

Según la portavoz del Consell , María José Catalá, la Generalitat recurrirá la sentencia que no valora el fondo del asunto, mediante un recurso de casación contra el fallo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que anula el copago y lo blindará con una ley que dará al copago la consideración de tasa o tributo para de esta forma ajustarse a la resolución y evitar futuros recursos que volverían a paralizarla.
La Generalitat tenía previsto recaudar 4´4 millones de euros con los precios públicos aprobados en el decreto, 2.9 millones de las 2400 personas mayores y 1´5 millones de las 950 personas en situación de discapacidad, 3350 discapacitados o mayores que han tenido que pagar este año aunque les resultase un esfuerzo excesivo, y los que se han dado de baja, no contabilizados, en centros de día o residencias que no han podido asumirlo; tanto unos como otros no le importan a la administración.
copago-discapacitadosEsta actuación, nuevamente, demuestra la falta de sensibilidad con las personas mayores y los discapacitados, evidenciando que las intervenciones, en las CORTS VALENCIANAS y en los medios de comunicación, del Presidente Fabra y la Consellera de Bienestar Social Asunción Sánchez Zaplana, alegando la situación favorable de los mayores y discapacitados, en la Comunidad, es una patraña y se pone en evidencia la continua degradación de los servicios con recortes y copagos sin ninguna consideración.
A pesar de todo seamos positivos y alegrémonos del fallo del TSJCV al recurso del Cermi, declarando íntegramente la nulidad del Decreto 113/013 del 2 de agosto del Consell a propuesta de la Consellera de Bienestar Social, por el que se establece el régimen de las cuantías a percibir en el ámbito de los servicios sociales, publicado en el DOCV 6/08/013, por entender, en síntesis, que la naturaleza del copago establecido para el colectivo considerado especialmente vulnerable de PCD y Mayores, debe exigirse, en su caso, mediante una Tasa y/o tributo, cuya aprobación a de producirse exclusiva y necesariamente mediante Ley aprobada en les Corts Valencianes recalcando que la normativa asistencial de referencia es la Ley 39/2006 de 14 de diciembre de promoción de la autonomía personal de las personas en situación de dependencia.
consell-ofreceQue desde esta perspectiva, el TSJCV considera de manera palmaria que el Decreto en contra de lo preceptuado constitucional y legalmente, vulnera el principio de reserva de ley, de legalidad en materia tributaria y el de jerarquía normativa.
Que la sala en un ejercicio de responsabilidad y en conexión de la realidad social de actual, que los servicios regulados en el Decreto, constituyen servicios asistenciales, básicos e imprescindibles, dirigidos a mayores PCD que no parece que sean grupos especialmente favorecidos, por lo que su recepción no es voluntaria sino que afecta a aspectos esenciales de su vida diaria y dignidad personal.
Que con este sensato pronunciamiento se da favorable acogida a las reivindicaciones de este colectivo y deja abierta una puerta a otros pronunciamientos judiciales en el mismo sentido para aquellas personas a quienes la Administración continúa poniendo coactivamente el deber de abonar el copago al amparo de la Orden 21/2012 de 25 de octubre.
La sala de lo Contencioso-Administrativo, en concreto su Sección Tercera, apartándose del criterio en múltiples ocasiones mantenido por la Sección Quinta, conocedora de la mayoría de los recursos en materia de Dependencia y en estricta aplicación de lo dispuesto en el artículo 139.3 de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa, condena a la Administración demandada al pago de las costas procesales (honorarios de Abogada del Cermi C.V.)
Por todo ello no debe ser “nuestro gozo en un pozo”, debemos sopesar la actitud de la administración actual contra la las personas mayores (que la unos ya lo son y la mayoría de los otros lo serán) y las personas en situación de dependencia actual y futura. No debemos rendirnos y continuar con las reivindicaciones, acciones, recursos y todo aquello que acabe con los atropellos que nos infligen.
Fuentes:WhatsApp del Cermi sobre sentencia y artículos del País C.V. , Levante y cosecha propia.

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