jueves, 16 de octubre de 2014

El TSJ exime a los dependientes del copago si se acogen a la ley estatal

El tribunal obvia la normativa autonómica que reduce las prestaciones a los usuarios con cuidadores

15.10.2014 | 00:46
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) valenciano está eximiendo a los dependientes que se les aplique el copago de la Generalitat al haber solicitado regirse por la norma estatal, según varias sentencias a las que ha tenido acceso INFORMACIÓN. El tribunal obvia la normativa autonómica aprobada en 2012 que redujo la ayuda a los usuarios que tienen un cuidador no profesional.
Según varias sentencias facilitadas por la abogada Sandra Casas, el TSJ obliga a la Conselleria de Bienestar Social a pagar la ayuda a los dependientes que tienen cuidador no profesional según el Real Decreto 20/2012, de 13 de julio y no según la Orden 21/2012, de 25 de octubre de la Conselleria de Bienestar Social. La norma estatal es mucho más generosa que la autonómica, que redujo en muchos casos la ayuda a 20 euros mensuales.
La sección cuarta de la sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ ha aceptado los recursos de numerosos dependientes contra la rebaja de las ayudas a los usuarios del sistema de dependencia con cuidadores no profesionales. El tribunal entiende que se le debe pagar esta prestación según las ayudas que marca el Estado y por la modificación del Real Decreto Ley 20/2012, de 13 de julio. En dos de los casos la Conselleria de Bienestar Social tendrá que abonar a un dependiente 24.216,13 euros y a otro 25.487,73 euros.
La Consellería de Bienestar Social está aplicando su orden 21/2012, de 25 de octubre para abonar estas ayudas a cuidadores no profesionales. En este caso muchos de los usuarios se han quedado con una ayuda de 20 euros al superar el Iprem (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), que en la actualidad está en 532,51euros.
De momento, el TSJ sólo ha obviado la normativa autonómica de copago en materia de cuidadores no profesionales pero también está recurrido el «repago», como lo llaman desde las asociaciones de dependientes, en residencias, centros de día y ocupacionales y viviendas tuteladas. Además, la Orden 21/2012, de 25 de octubre de la Conselleria de Bienestar Social se encuentra recurrida indirectamente por varios ciudadanos.
Esta norma afecta al 90 % de los usuarios de centros y residencias públicas y concertadas y no fue recurrida por ninguna entidad, al contrario de lo que pasó con el copago a discapacitados y mayores que ha sido anulado por el TSJ tras un recurso del Cermi. En este caso sólo afecta a 3.300 usuarios.

No hay comentarios:

Publicar un comentario