domingo, 9 de marzo de 2014

El fiscal no ve delito en cargar un crédito a una ayuda a un dependiente


Agencia EFE

Sevilla, 9 mar (EFE).- La Fiscalía de Sevilla ha archivado la denuncia de los padres de un niño discapacitado porque el banco les está cobrando los plazos de un microcrédito con cargo a la prestación que reciben para su hijo por la Ley de Dependencia.
La Fiscalía, en un escrito al que ha tenido acceso Efe, dice que los hechos denunciados no constituyen un delito de apropiación indebida ni tampoco de omisión del deber de socorro, porque el director de la sucursal bancaria denunciado "no está en situación de prestar un eventual socorro al menor".
Los padres Guadalupe L.V. y Francisco Javier R.G. denunciaron en la Fiscalía que el mayor de sus dos hijos, de 6 años, sufre una discapacidad del 33 por ciento y por ello percibe una prestación de 350 euros al mes en virtud de la Ley de Dependencia, que es ingresada en una cuenta de la que es primer titular.
Hace dos años y medio, según indican, el matrimonio pidió un microcrédito de 1.700 euros para montar un negocio pero al cabo de un tiempo se vio obligado a cerrar y a partir de entonces no pudo pagar la deuda con el banco.
Por ello, denunciaron que "el mismo día" en que la prestación por dependencia es ingresada en la cuenta de su hijo, el banco procede a descontar 50 euros del microcrédito, lo que realiza "en todo momento sin consentimiento de los denunciantes".
Según los padres, el banco estaba utilizando dicha prestación "para el pago de una deuda, sin el consentimiento de la persona titular de la cuenta en la que es ingresada".
Por ello, acusaron al director del banco, situado en la calle Manzanilla de Sevilla, de un delito de apropiación indebida pues el dinero de la prestación por dependencia es ingresado en una cuenta del menor, quien "no tiene que responder por la deuda" de sus padres.
Además, imputaron un presunto delito de omisión del deber de socorro, pues el banco "ha procedido al cobro de una deuda a sabiendas de la grave situación económica en que se encuentran".
Esta familia, integrada por dos adultos y dos menores de 6 y 2 años, uno de ellos con una discapacidad del 33 por ciento, tienen como único ingreso esos 350 euros y el banco, en lugar de facilitar el pago del crédito de otra forma, "empeora aún más la situación en que se encuentran, procediendo a dicho cobro", según los denunciantes.
Sin embargo, el decreto de archivo firmado por la fiscal María Dolores Villalonga señala que la madre del menor tiene firma autorizada en la cuenta corriente de su hijo, "amén de que ella misma reconoce que los 350 euros es una ayuda que ella cobra como madre cuidadora".
Por ello, "el plazo del crédito se hace efectivo por el banco sobre ingresos que devenga la propia prestataria y no el hijo discapacitado".
Tampoco aprecia la fiscal un delito de omisión del deber de socorro porque "no existe una persona desamparada y en peligro manifiesto y grave" ni el director bancario denunciado "está en situación de prestar un eventual socorro al menor".
El abogado que presentó la denuncia en nombre de los padres, Alberto Revuelta, ha dicho a Efe que sigue creyendo que detraer 50 euros de una pensión de 350 euros a una familia que no tiene otros ingresos supone conculcar sus derechos y el "interés general, constitucionalmente garantizado, a la vida, salud y atención social". EFE

No hay comentarios:

Publicar un comentario