Las subvenciones están dirigidas a quienes sean atendidos por un familiar y a las personas que necesiten contratar a un cuidador. El Gobierno destina 3 millones de euros
Los 3.500 cántabros con un grado de dependencia moderado ya pueden cobrar las ayudas al desaparecer la moratoria introducida por el Gobierno central en 2012, que aplazó su incorporación al sistema de dependencia. Se trata de aquellas personas que necesitan ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria, al menos una vez al día o tiene necesidades de apoyo intermitente o limitado para su autonomía personal. Desde ayer, los beneficiarios incluidos en lo que se conoce como grado 1, y que así lo hayan solicitado, tienen derecho a percibir una prestación económica mensual que oscila entre los 15 y 153 euros (si son atendidos por un familiar) y los 30 y 300 euros (en el caso de que se haya contratado a un cuidador). El Gobierno de Cantabria, a través de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, ha cifrado en 3 millones de euros el gasto que supondrá este paso adelante en la aplicación de la Ley de Dependencia.
La norma contempla otros dos grados: el Grado II-Dependencia Severa y el Grado III-Gran Dependencia. En el primero se incluyen las personas que necesitan ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no requiere la presencia permanente de un cuidador o tiene necesidades de apoyo extenso para su autonomía personal. El Grado III es aquel en el que el beneficiario necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria varias veces al día y, por su pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial necesita el apoyo indispensable y continuo de otra persona o tiene necesidades de apoyo generalizado para su autonomía personal.
La Ley de Dependencia contempla tres nuevas prestaciones económicas: para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales, de asistencia personal y aquella vinculada a la contratación de un servicio que no puede proveer la red pública o concertada.
Parentesco
La prestación dirigida a cuidados en el entorno familiar es una ayuda de carácter periódico destinada a que la persona en situación de dependencia sea atendida por cuidadores no profesionales en su entorno. Podrán asumir la condición de cuidadores no profesionales su cónyuge y sus parientes por consanguinidad, afinidad o adopción, hasta el tercer grado de parentesco. Excepcionalmente, la administración competente podrá autorizar de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 615/2007 permitir la existencia de cuidados no profesionales por parte de una persona de su entorno que, aun no teniendo parentesco, resida en el municipio de la persona en situación de dependencia y lo haya hecho durante el período previo de un año a la fecha de presentación de la solicitud.
La prestación económica de asistente personal está dirigida a la contratación de una asistencia personalizada profesional, durante un número de horas diarias, que facilite a la persona beneficiaria una vida más autónoma, el acceso a la educación y al trabajo y el ejercicio de las actividades básicas del día a día.
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