Tras la intervención del Defensor del Pueblo Andaluz, el Ayuntamiento de Punta Umbría ha anulado una sanción de tráfico impuesta a una persona poseedora de tarjeta para aparcamiento de personas con movilidad reducida que estacionó en zona azul.
La interesada, con movilidad reducida y tarjeta que le autoriza para aparcar en zonas reservadas, nos indicaba que había recibido una sanción de tráfico del Ayuntamiento de Punta Umbría (Huelva) por aparcar en zona azul, por un importe de 111 euros. Siempre según la interesada, recurrió la sanción pues consideraba que la misma no correspondía cuando aparcó en la zona azul con la tarjeta para aparcamiento de personas con movilidad reducida.
Tras admitir a trámite la queja e interesar informe al Ayuntamiento de Punta Umbría éste, en su respuesta, defendía la correcta tramitación del expediente sancionador, por lo que se había desestimado el recurso de la reclamante. No obstante y dado que la interesada había demostrado que contaba con autorización para aparcar en estas plazas reservadas para personas con movilidad reducida, iba a proceder a la anulación de la sanción impuesta y del consiguiente procedimiento de apremio.
Así las cosas y dado que se iba a anular la sanción que le fue impuesta a la afectada, entendimos que había sido atendida su reclamación por lo que no resultan precisas nuevas gestiones por nuestra parte en torno a este asunto.
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