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El siguiente listado de derechos es una iniciativa de la Federación de Asociaciones de Personas con Discapacidad Física y Orgánica y es editado por el Defensor del Menor en la Comunidad de Madrid. Tiene como principal objetivo estatutario “la promoción y defensa de las condiciones de vida de las personas con discapacidad física y orgánica hasta conseguir su plena integración social”.
- Derecho a una vivienda digna y adecuada a las necesidades especiales de los niños con discapacidad.
- Derecho a circular libremente con la garantía del transporte accesible.
- Derecho de los padres a recibir todas las informaciones relativas a la discapacidad y al bienestar del niño, siempre que el derecho del niño a mantener su intimidad no se vea afectado.
- Derecho a recibir información adaptada a su edad, su desarrollo mental, su estado afectivo y psicológico con respecto a su discapacidad, al tratamiento al que se le somete y las perspectivas positivas de ese tratamiento.
- Derecho del niño al descanso y el esparcimiento, al juego y a actividades recreativas y culturales propias de su edad, así como disponer de espacios adecuados para ello.
- Derecho de los padres o de la persona que los sustituya a pedir la aplicación de estos derechos en el caso de niños inmigrantes con discapacidad.
- Derecho de los niños/as con discapacidad a la protección de la salud, y a los servicios para el tratamiento de las enfermedades.
- Derecho a la detección y tratamiento precoz de enfermedades congénitas, así como de las deficiencias psíquicas y físicas, teniendo en cuenta la ética, la tecnología y los recursos existentes en el sistema sanitario.
- Derecho a la aplicación de las técnicas y recursos de mejora y rehabilitación de secuelas que hayan podido tener por causa de enfermedad adquirida, congénita o accidente. Esta rehabilitación comprenderá todos los aspectos físicos, psíquicos y sensoriales.
- Derecho a acceder y utilizar los servicios sociales sin discriminación por motivos de discapacidad.
- Derecho de las familias a recibir apoyo en la prestación de cuidados personales a aquéllos de sus miembros que por su discapacidad se encuentren en estado de dependencia.
- Derecho de toda familia a percibir la prestación por hijo a cargo cuando existen menores con discapacidad en el seno familiar.
- Derecho a recibir una enseñanza gratuita, en condiciones de igualdad de oportunidades.
- Derecho a recibir una educación adaptada a las necesidades personales desde el momento en que se detecte la discapacidad.
- Derecho a recibir atención educativa en caso de estar hospitalizado o de convalecencia en su propio domicilio.
- Derecho a participar en todas las actividades escolares.
- Derecho de los padres a elegir el centro escolar entre aquéllos que reúnan los recursos personales y materiales adecuados para garantizarles una atención educativa de calidad.
- Derecho de los padres a colaborar en el proceso de identificación de las necesidades y en las actuaciones de rehabilitación.
- Derecho a recibir asesoramiento, formación y apoyo técnico para el acceso al primer empleo.
- Derecho a que las administraciones públicas adecuen los espacios en los que permanecen habitualmente los menores con discapacidad a sus necesidades para que puedan participar plenamente en la vida social.
- Derecho a recibir la ayuda técnica precisa con el fin de favorecer el desarrollo personal y social del niño con discapacidad.
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