Por primera vez define todos los tipos de discriminación y añade nuevas formas como por asociación y acoso
El Consejo de Ministros tiene previsto aprobar este viernes el decreto legislativo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, que armonizará la normativa global estatal en materia de discapacidad en España, según confirmaron a Servimedia fuentes gubernamentales.
El texto definitivo, cuya elaboración anunció en marzo de 2012 la ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Ana Mato, verá la luz en vísperas de la celebración del Día Internacional de las Personas con Discapacidad, que se conmemora cada 3 de diciembre.
Entre las principales novedades destaca la definición por primera vez de todos los tipos de discriminación y sanciones específicas para las personas físicas o jurídicas que incurran en ellas. A las formas de discriminación directa e indirecta que ya estaban contempladas en la ley se añaden a partir de ahora la discriminación por asociación y acoso.
La normativa establece que la discriminación directa es "la situación en la que se encuentra una persona con discapacidad cuando es tratada de manera menos favorable que otra por razón de su discapacidad".
Se considera discriminación indirecta cuando "una disposición legal o una cláusula contractual, aparentemente neutros, pueden ocasionar una desventaja a una persona por razón de su discriminación".
La nueva forma de discriminación por asociación perseguirá aquellas conductas en las que "una persona o grupo es objeto de trato discriminatorio por su relación con una persona con discapacidad", como sucede por ejemplo si se discrimina a un trabajador o trabajadora que tiene un hijo con discapacidad y solicita un permiso para atenderlo.
Además, se incorpora la discriminación por acoso para aquella conducta "que tenga como objetivo o consecuencia atentar contra la dignidad de una persona con discapacidad o crear un entorno intimidatorio, hostil, degradante o humillante".
Asimismo, la nueva ley refuerza la consideración especial de la discriminación múltiple "para garantizar los derechos de quienes pueden estar en esta situación de acusada vulnerabilidad", con el fin de proteger de manera singular a las niñas, niños y mujeres con discapacidad.
La reunificación de toda la normativa actual en un único texto legal pretende aportar "claridad" y "seguridad jurídica" a la legislación española, que con esta nueva ley cumplirá además con lo establecido en la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
El decreto legislativo refundirá en un único texto legal las tres leyes genéricas de discapacidad vigentes en España, que son la Ley de Integración Social de los Minusválidos (Lismi), la Ley de Igualdad de Oportunidades, No Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad (Liondau) y la Ley por la que se establece el régimen de infracciones y sanciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.
La aprobación de este decreto responde a una petición del sector, agrupado en el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi).
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