sábado, 6 de junio de 2015

Los jueces anulan y exigen devolver el copago en dependencia


El TSJ valenciano reconoce el derecho a cobrar el dinero retenido por la Administración en concepto de aportación del beneficiario

Sentencias previas habían apuntado en la misma dirección en discapacidad

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Plataformas y colectivos de discapacitados y dependientes en una concentración ante el Palau de la Generalitat. / KAI FÖRSTERLING (EFE)
En noviembre de 2012 la Generalitat valenciana comenzó a aplicar el copago a los dependientes por lo que redujo el dinero que transfería a las miles de personas a las que había concedido ayudas económicas para acudir a una residencia privada o tener ayuda en el ámbito familiar. F. J. B. pasó de cobrar 442,59 euros en virtud de su situación de gran dependiente a 247,39 euros sin que se le comunicara en ningún momento a qué se debían los motivos del recorte.
Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana ha dado la razón a F. J. B. en el recurso que presentó contra esta medida. La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ ha anulado la minoración de las ayudas ligadas al copago de un dependiente y, por vez primera, ha condenado a la Consejería de Bienestar Social a devolver el dinero que le dejó de pagar desde noviembre de 2012 en concepto de aportación del beneficiario, así como los intereses generados por estas cantidades.
Varias sentencias han apuntado en la misma dirección respecto al copago en discapacidad. La última, una del TSJ hecha pública esta semana en la que tumba (una vez más) la tasa que deben de asumir personas mayores y con discapacidad (no necesariamente dependientes) que se calcula en función del servicio que se recibe y la capacidad económica del usuario. Esta tasa ya ha sido transformada en ley debido a la acumulación de sentencias contrarias. 
“Es la primera sentencia que obliga a devolver las cuantías minoradas con intereses en dependencia y, además, condena en costas a la conselleria”, subraya Sandra Casas, la abogada que ha presentado el recurso. “Hay otras comunidades autónomas que han actuado de igual forma que la Comunidad Valenciana, por lo que esta sentencia no solo sería aplicable a todos los dependientes valencianos que vieron minorados sus aportaciones por el copago, sino a los de estas siete autonomías”, añade esta letrada especialista en dependencia. Y no solo a las prestaciones económicas, sino también a los servicios, como las residencias, los centros de día o la teleasistencia.
Casas planteó en el recurso que los criterios establecidos por Bienestar Social para fijar el copago en dependencia, determinados en la orden de 21/2012 de 25 de octubre, debían ser considerados nulos ya que la comunidad autónoma no es competente para regular la participación económica del usuario en las prestaciones de la dependencia, una cuestión que corresponde al Gobierno del Estado.
También sumó otro motivo para pedir que se anulara la decisión adoptada por Bienestar Social. La reducción del copago se ejecutó directamente sin anunciarla ni justificarla previamente: hubo una falta de “resolución, notificación y motivación”, según plasmó en el recurso.

Ausencia de norma estatal

El TSJ ha asumido estos planteamientos, y le ha dado la razón. Como, según destaca Casas, los magistrados no reconocen a la Generalitat la capacidad de abordar el copago mientras no esté regulado -como no está- por una norma estatal (como un real decreto). Las siete autonomías que han actuado de la misma forma que la valenciana se encuentran en una situación similar, destaca.
La orden 21/2012 que reguló el copago valenciano ha sido sustituida por otra en 2014. Además, la Generalitat aprobó una ley de tasaspara blindar el copago en discapacidad (que ha sido reiteradamente anulado en los tribunales), servicios sociales y dependencia. Esta ley ha sido recurrida pero, de nuevo según la abogada, tendría los pies de barro ya que -una vez más- carece del amparo de una norma estatal necesaria para regular la dependencia.
El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) ha iniciado una campaña estatal para solicitar un copago "no confiscatorio", moderado y regulado de forma homogénea bajo una norma estatal. La organización ha lanzado una recogida de firmas con la intención de presentar una iniciativa legislativa popular al respecto. La opinión de Casas, la de la  Coordinadora de Plataformas de Dependencia del País Valenciano y la de todo el Estado es distinta: "si podemos anular el copago en todas sus formas no tiene sentido plantear que se unifique esta medida y que se reduzca su cuantía; lo que hay que hacer es eliminarlo".

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