miércoles, 21 de diciembre de 2016

Justicia rectifica: Las personas ciegas y sordas no necesitarán un certificado médico para casarse

El ministro Rafael Catalá asegura que se emitirá una instrucción para que la reforma del artículo 56 del Código Civil no afecte a los discapacitados sensoriales

21.12.2016 | 12:02
Justicia rectifica: Las personas ciegas y sordas no necesitarán un certificado médico para casarse
El Ministerio de Justicia ha dado marcha atrás y los discapacitados sensoriales no precisarán de un certificado médico para poder casarse. Así lo ha asegurado el ministro de Justicia, Rafael Catalá, en el Senadotras explicar que "se emitirá una instrucción para aclarar que la reforma del Código Civil que entra en vigor en junio próximo no exige a las personas con discapacidad un certificado para casarse".
Catalá se refirió a esta cuestión en la Comisión de Justicia de la Cámara Alta, donde explicó los objetivos de su departamento para esta legislatura.
Durante esta comparecencia, el ministro fue preguntado por varios senadores por el hecho de que el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) haya reclamado al Parlamento que modifique el artículo 56 del Código Civil para acabar con las restricciones actuales al derecho de contraer matrimonio por parte de las personas con discapacidad.

En concreto, el artículo 56 del Código Civil establece que "quienes deseen contraer matrimonio acreditarán previamente, en expediente tramitado conforme a la legislación del Registro Civil, que reúnen los requisitos de capacidad establecidos en este Código. Si alguno de los contrayentes estuviere afectado por deficiencias o anomalías psíquicas, se exigirá dictamen médico sobre su aptitud para prestar el consentimiento".
De esta manera se elimina el texto de la modificación del artículo 56 que reza: "Si alguno de los contrayentes estuviere afectado por deficiencias mentales, intelectuales o sensoriales se exigirá por el Secretario Judicial, notario, encargado del Registro Civil o funcionario que tramite el acta o expediente, dictamen médico sobre su aptitud para prstar el consentimiento". Sin embargo, tras la "instrucción" que emitirá el ministerio ya no será así.

No hay comentarios:

Publicar un comentario