martes, 21 de octubre de 2014

Los jueces rechazan imponer la devolución del copago en discapacidad

El TSJ valenciano admite que los afectados con discapacidad soliciten la devolución

La sección segunda de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha rechazado completar la sentencia por la que anuló el decreto del Consell que fijaba el copago de servicios sociales para mayores y discapacitados. Los jueces entienden que el objeto del proceso fue el decreto, por lo que pretender extender los efectos a los actos de su aplicación es excederse. Ha admitido, sin embargo, que la citada anulación abre la vía para solicitar la devolución de los pagos o la exigencia de responsabilidad patrimonial a la Generalitat (esto es, la obligación que tiene una administración de reparar el daño causado por su funcionamiento erróneo).
Así consta en un auto de la sala, de fecha 15 de octubre, hecho público por el Comité de Entidades Representantes de las Personas con Discapacidad de la Comunidad Valenciana (CERMI). Esta entidad había enviado un escrito en que pedía la completación de la sentencia al considerar que no se había resuelto la solicitud de los afectados del importe recaudado.
Para el tribunal, los efectos de la declaración de nulidad "se agotan con la expulsión de dicho decreto [el del copago] del ordenamiento jurídico". Así, la parte actora (CERMI) ha visto satisfecha su pretensión de nulidad radical del reglamento cuestionado "sin que queden afectados por este pronunciamiento los actos de ejecución del mismo, por completo ajenos a este proceso y a su objeto".
Sin embargo, los jueces valoran que la nulidad del decreto "abre jurídicamente la vía para la solicitud de devolución de los ingresos devenidos en indebidos o, subsidiarimente, a la exigencia de responsabilidad patrimonial de la administración de la Generalitat Valenciana".
El CERMI ha señalado en un comunicado que, con esta decisión, quedan a partir de ahora 10 días hábiles para que la Generalitat recurra en casación al Tribunal Supremo. En el momento en que sea firme la sentencia, han recordado, los afectados "podrán reclamar a la Generalitat todas las cantidades cobradas indebidamente en concepto de copago, petición que deberá hacer cada uno de los usuarios".
De acuerdo con la entidad, en los centros públicos y/o concertados con fondos públicos "ello no supone ningún problema, salvo que la Generalitat quiera complicar con trámites dicha devolución que finalmente, más pronto o más tarde tendrá que hacer".
El CERMI recomienda a quienes estaban abonando el copago "que dejen de hacerlo y devuelvan los recibos" ya que las cantidades exigidas "son indebidas desde la entrada en vigor de las resoluciones y solamente tendrían que pagarlas si se aprueba una nueva legislación". Asimismo, ha pedido públicamente a la Generalitat "que reflexione sobre el copago incautatorio y que se negocie un nuevo sistema más adecuado y humano para las personas con discapacidad y mayores".


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